Abstract

As part of a long-standing debate about the extent to which official, government-linked unions in Mexico actively seek to win gains for their members, analysts of labor relations in Mexico have described the dominance of contratos de protección, collective bargaining contracts that offer little or nothing to workers while protecting employers from real union representation. In particular, a number of researchers have asserted that such contracts are universal in retail. Analyzing forty-one retail collective bargaining contracts from four Mexican cities, I find strong evidence that this is not the case. I find considerable variation in wages and fringe benefits, benefits in excess of the legal minimum in 27 to 68 percent of cases (depending on the benefit), and cases of sustained improvement in contractual benefits. Detailed consideration of the patterns suggests that these contracts are not uniformly protection contracts, indicating that there is strong as well as weak unionism in Mexican retail, including among official unions, but that competitive conditions in Mexican retail constrain the possibilities for strong unionism.

Abstract

Como parte de un debate en desarrollo respecto al grado al cual los sindicatos “oficialistas” mexicanos, los vinculados al gobierno, tratan de manera activa ganar logros para sus miembros, los analistas de relaciones laborales en México han descrito la predominancia de los contratos de protección, contratos colectivos que ofrecen poco o nada a los trabajadores, mientras protegen a los patrones de una verdadera representación sindical. En particular, varios investigadores han afirmado que tales contratos son universales en el comercio minorista. En este artículo se analizan cuarenta y un contratos colectivos de cuatro ciudades mexicanas, y se evidencia una tendencia contraria. Se descubre variación significativa en salarios y prestaciones; prestaciones encima de las requeridas por ley en 27 a 68 por ciento de los casos (dependiendo de la prestación); y casos de incremento sostenido en las prestaciones contractuales. Examinación detallada de estos padrones sugiere (1) que los contratos no son universalmente contratos de protección, lo que indica que no solamente hay un sindicalismo débil en el comercio mexicano sino que existe también un sindicalismo fuerte, inclusive adentro de los sindicatos oficialistas, pero (2) que las condiciones competitivas en el comercio mexicano limitan las posibilidades para el sindicalismo fuerte.

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